Adaptación de la nueva FP en la Comunidad Valenciana. De LOE a LOMLOE

Adaptación de la nueva FP en la Comunidad Valenciana. De LOE a LOMLOE

La semana pasada publicamos el post «Modificación de títulos y cursos de especialización de FP. De LOE a LOMLOE». Analizamos el R.D. 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas. Terminamos con el compromiso de analizar el proyecto de orden de la Comunidad Valenciana… que desarrolla los reales decretos que actualizan los decretos de FP al nuevo marco legislativo.

La Dirección General de FP de la Comunidad Valenciana, vistas las fechas y las inquietudes de los centros y del profesorado, ha publicado el proyecto de Orden. Es posible que este proyecto tenga alguna modificación puntual, pero en la práctica suele ser un buen referente.


El objeto de la Orden es la adaptación de los actuales currículos de FP para la Comunidad Valenciana, teniendo en cuenta las características socio-productivas, laborales y educativas de la Comunitat Valenciana a la nueva estructura de estas enseñanzas definida por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, desarrollada en cuanto a ordenación mediante R.D. 659/2023.

Se establecen los aspectos básicos referentes a:

  • Los módulos asociados a las habilidades y capacidades transversales, y a la orientación laboral y el emprendimiento:
    • Itinerario para la empleabilidad I (IPE-I).
    • Itinerario para la empleabilidad II (IPE-II).
    • Digitalización aplicada al sistema productivo.
    • Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.
    • Inglés profesional.
  • Los módulos optativos. Entre los que existirá, como oferta obligada, el módulo de inglés técnico (excepto en los ciclos plurilingües, en los que dependerá del criterio del centro). Además, previa autorización de la Dirección General de FP, los centros educativos podrán establecer una oferta de módulos optativos adaptados a las necesidades educativas, laborales, sociales y económicas del entorno en el que se desarrolla la actividad formativa. Esta oferta deberá atender a la demanda del alumnado, a la disponibilidad de profesorado con destino definitivo en el centro y a las posibilidades organizativas y de disponibilidad de recursos del centro. Además, su organización podrá ser cuatrimestral.
  • El proyecto intermodular. Este proyecto integrará resultados de aprendizaje (RRAA) de todos los módulos profesionales del ciclo formativo. Se establece una distribución horario distinta según se trate de grado medio o de grado superior.
  • La formación en empresa, que se desarrollará, de acuerdo con el R.D. 659/2023, en régimen general (entre el 25% y el 35%) o intensivo (entre el 35% y el 65%). Se podrá desarrollar en las modalidades siguientes:
    • Alternancia (a partir del 2º trimestre).
    • Acumulada (al final del curso, es decir, durante el 3r trimestre, con la asistencia de un día a la semana al centro para los módulos asociados a las habilidades y capacidades transversales, la orientación laboral y el emprendimiento).
    • Flexible (en períodos específicos de acuerdo a las actividades empresariales y previa autorización de la Dirección Territorial correspondiente).
  • El horario de los módulos profesionales (de acuerdo con el anexo II).
  • La autonomía de los centros (autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica, con la supervisión de la inspección educativa).

El anexo I incluye el currículo de los módulos asociados a las habilidades y capacidades transversales, y a la orientación laboral y el emprendimiento. En resumen:

  • Repite los RRAA ya indicados en el R.D. 659/2023.
  • Incluye, a título orientativo, los contenidos de todos estos módulos.
  • En el módulo profesional de ITE-I incluye un resultado de aprendizaje (RA) asociado a la prevención de riesgos profesionales.

El anexo II establece la secuenciación y horario.

  • En cuanto a los módulos transversales:
  • También se establece el horario y la secuenciación de los módulos profesionales de todos los títulos de grado medio y superior. Por ejemplo:

Ahora debemos esperar a la publicación definitiva de esta Orden y a las instrucciones concretas para su puesta en marcha. Se prevé que la Dirección General de FP publique una Resolución que defina el procedimiento para la oferta y posible reconocimiento de los módulos optativos, los elementos mínimos del programa formativo dual, los elementos de las programaciones didácticas…


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Feliz miércoles.

Vicente, Elio y Raül

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